MANUAL DE CONVIVENCIA PADRES


MANUAL DE CONVIVENCIA PADRES

APARTES MANUAL DE CONVIVENCIA

COLEGIO CIUDAD DE PIENDAMÓ



Derechos y deberes de los padres

"Cumple en silencio tus deberes y reclama en voz alta tus derechos"

HERRAMIENTA FUNDAMENTAL PARA LA SANA CONVIVENCIA EN LA INSTITUCIÓN

AÑO LECTIVO 2014

 

CAPITULO VII

DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES

Estos se encuentran establecidos en la Constitución Política, el Código del menor y la Ley General de Educación. En este capítulo se resaltarán algunos.

ARTICULO 18.  SON DERECHOS DE LOS PADRES Y ACUDIENTES

1.     Ser atendidos oportunamente por la rectoría, el personal docente y de servicios generales.

2.     Proponer iniciativas y sugerencias que estén de acuerdo con las normas vigentes y contribuyan al mejor funcionamiento del plantel.

3.     Hacer reclamos justos y respetuosos, dentro del tiempo fijado por las normas legales e institucionales, siguiendo el conducto regular (Artículo 20).

4.     Conocer oportunamente el seguimiento escolar y sanciones que afecten a los estudiantes, acudidos o hijos.

5.     Recibir la colaboración eficiente y a tiempo de los diversos estamentos del plantel en los aspectos educativos y formativos.

6.     Participar en la junta y/o consejo, comité de padres o tutores.

7.     Recibir informes sobre los logros o dificultades alcanzados de sus hijos o acudidos.

 

ARTICULO 19: SON DEBERES DE LOS PADRES Y ACUDIENTES.

1. Al momento de matricular ser consciente que la Institución es de carácter            privado, por lo tanto se requiere para garantizar el servicio, el cumplimiento de  las obligaciones adquiridas.

2. Cumplir con los requisitos establecidos para realizar la matricula académica, exigidos por el MEN.

3.  Legalizar la matricula financiera cancelando los valores correspondientes y la firma del pagaré; el cual será devuelto al finalizar el año escolar una vez cumplida la totalidad de las obligaciones.

4. Responsabilizarse de la formación y educación de sus hijos en concordancia con los lineamientos establecidos por la Constitución Política; artículo 17 de la Ley 115; Código del Menor y por el presente Manual de      Convivencia Escolar.

5. Conformar un equipo que en conjunto con los docentes propendan por que los estudiantes se formen en  principios morales, éticos y valores que      contribuyan a la sana convivencia.

6. Solicitar y recibir información sobre las normas generales y el funcionamiento interno del plantel.

7.  Asistir a las reuniones programadas por el colegio,  o cuando se requiera de su presencia, y cuando el acudido no cumpla con sus deberes escolares deberá con él presentar frente al grupo de clase los deberes pendientes.

8.  Acercarse personalmente a presentar excusas por  inasistencia de varios días, por fallas o retardos  y cuando desee averiguar el comportamiento  de su acudido o hijo durante el horario establecido.

9.  Velar por que su hijo (a) acudido (a) se presente puntualmente a las actividades académicas de  recuperación y nivelación cuando sea el caso.

10.  Proporcionar al estudiante un ambiente de comprensión y respeto dentro del hogar y no recargarle de trabajo que le impida el cumplimiento de sus labores escolares.

11. Buscar los medios para que su acudido cumpla con todos los requisitos exigidos por el  Ministerio de Educación, de Salud e Institucionales, tales como: certificados de estudio, registro civil, útiles escolares, etc.

12. Cancelar los costos educativos, matrículas, pensiones (dentro de los primeros 5 días del mes) y otros cobros periódicos conforme a la regulación  que en esta materia rige por la Secretaría de educación Departamental, so pena de  ser aplazadas las actividades académicas de acudidos por morosidad e incumplimiento de estos compromisos.

13. Es importante tener en cuenta que para presentar las evaluaciones periódicas se debe estar a PAZ Y SALVO por todo concepto en la  Institución de lo contrario sus actividades serán aplazadas hasta que el acudiente o tutor se   presente a la institución y realice sus pagos y       acuerdos correspondientes.

14. Apoyar las campañas para mejorar el servicio educativo, de bienestar estudiantil, salud y consecución de materiales didácticos.

15 .Fomentar los medios de comunicación masiva en la Institución, para expresar libremente sus opiniones.

16. Al finalizar el año escolar es obligación del  acudiente y su acudido estar a PAZ Y SALVO por todo concepto con la institución, pero si quedase con alguna deuda pendiente, en el momento de cancelarla el acudiente o el estudiante, deberán hacerlo de acuerdo a los costos educativos que estén rigiendo en ese momento o con el incremento porcentual vigente por mora.

17. promover la conformación del consejo de Padres  de familia o acudientes para el año lectivo.

18. Mantener actualizados los números de teléfono de contacto.

19. Informar de manera oportuna a la institución el ingreso y salida del estudiante(s) en situaciones especiales.

20.Conocer y apropiarse de las horas de las horas correspondientes a todas las actividades académicas y pedagógicas institucionales a las cuales debe asistir su hijo(a)

21. Apoyar las solicitudes de ayuda profesional que haga la institución en pro del mejoramiento continuo de los procesos formativos del estudiante.

22. En el primer mes de clases, el establecimiento educativo promoverá la constitución del Consejo de       Padres de Familia, se elegirán dos (2) padres de familia, a       quienes se les suministrará espacio o ayudas de       secretaría y tendrá como funciones:

·       Velar por el cumplimiento del proyecto educativo institucional y su continua evaluación, para lo cual se podrá contratar asesorías especializadas.

·       Promover programas de formación de los padres para cumplir adecuadamente la tarea educativa que les corresponde.

·       Estar pendiente de los logros y dificultades de sus hijos o acudidos con el fin de realizar un acompañamiento continuo en el proceso de aprendizaje.

·       El consejo de padres deberá elegir dos representantes ante el consejo directivo de la institución.

·       Acordar la distribución de los recursos que por actividades  de padres de familia se recauden en beneficio de los programas y proyectos institucionales.

·       Respetar los horarios establecidos por la institución en el desarrollo de las actividades académicas, culturales y deportivas.

·       Velar por la atención a padres de familia en los horarios establecidos.

ARTICULO 20:    PROCEDIMIENTO QUE LOS       ESTUDIANTES, PADRES Y  ACUDIENTES DEBEN SEGUIR EN SUS RECLAMOS:

    Cuando a un estudiante se le haga una  observación o                  se le llame la atención debe aplicar las siguientes normas para evitar malos  entendidos:

1.   Escuchar las observaciones que le hacen los profesores o directivos.

2.   Explicar, aclarar, preguntar o presentar excusas sobre las amonestaciones u observaciones que le hicieron.

     CONDUCTO REGULAR:

3.   Si el estudiante considera que las sanciones, observaciones que le impusieron son injustas, deben comentarlas a su acudiente y solo ó en conjunto con su acudiente en primer lugar, deben aclarar el hecho con el profesor con el cual se presentó la dificultad.

4.   Si luego de dialogar con el profesor, el estudiante y acudiente consideran que aún no se le ha hecho justicia, deben comunicarse con el director de grupo y  presentar las inconformidades, para que las pongan a consideración del consejo competente.

5. Si aún después de haber intervenido el director de grupo, persiste el problema, el estudiante y    acudiente solicitará la intervención de la coordinación ó el comité disciplinario del día que presentó la falla o en su efecto a la Rectoría, de no encontrar solución acudirá al personero o representante de los estudiantes  para que se discuta el caso en el Consejo Académico o Directivo quien dará la última palabra sobre el problema a nivel institucional.

6. Las quejas y reclamos de no ser resueltas por el Consejo Directivo, deberán pasar a la Dirección de Núcleo Educativo, de esta a la Secretaría de Educación y para finalizar al M.E.N. (Se debe tener en cuenta el conducto regular para no violar el debido proceso).

CONSEJOS QUE PARTICIPAN EN EL GOBIERNO ESCOLAR

En este capítulo se identifican y describen los grupos de trabajo y los diferentes estamentos que participan en el gobierno escolar. Todos los consejos se organizan para un período de un año escolar, según la organización curricular del establecimiento educativo, pero seguirán cumpliendo con sus funciones hasta cuando se elijan los nuevos líderes y se formen los nuevos consejos.

ARTICULO 25.  CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA

Como órgano de representación de  Padres de familia, es un medio para asegurar la continua participación de los padres o acudientes en el proceso pedagógico del establecimiento. Está integrado por dos voceros de los padres de los estudiantes que cursan cada uno de los diferentes grados que ofrece la institución, o por aclamación en una asamblea general.

        Requisitos:

1.        Ser padre o madre de familia con antigüedad mínima de 1 año en el colegio.

2.        Demostrar capacidad de liderazgo tendiente al mejoramiento continuo de la institución.

3.        Ser un padre o madre o acudiente destacado por su labor y compromiso con la calidad de la institución.

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